BAJA
POR FALLECIMIENTO
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¿En
que consiste el Trámite? |
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Consiste
en dar de baja el haber del extinto a fin de tramitar, los derechohabientes,
los haberes devengados, el seguro y la pensión. Así
como para dar curso a las tramitaciones que quepan ante el área
de Préstamos.
Ante el fallecimiento de un titular de un Retiro o Pensión,
debe verificarse la existencia de seguros de vida a nombre del causante
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¿Dónde
se realiza el trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES -
Cerrito 572 – Planta Baja
Departamento Atención al Público – Telefono:
0810-222-2423
C.A.P.U.A.
SAN MIGUEL - Belgrano 937 - San Miguel, Pcia Bs. As.
Delegación BAHIA BLANCA - Sarmiento 24 piso 2º - Dpto.
"C" .
Delegación MENDOZA - Rivadavia 76 - piso 1º - Dpto.
"A".
Delegación CORDOBA - Av. Colon 350 - PB local 25
Delegación PARANA - Avda. 25 de Mayo 275/77.
Delegación TUCUMAN - Gral. San Martín 666 - Unidad
17, 4º "A".
Los
días de atención al público en Capital Federal
o en las Delegaciones del interior, es de LUNES a VIERNES de 08:00
hs a 13:00 hs.
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¿Qué
documentación se debe presentar? Requisitos. |
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- Fotocopia
del certificado de defunción autenticado mediante nota o
fax.
- Nota o Formulario
de Baja por Fallecimiento especificando los datos del denunciante
y consignando, en caso de tener préstamo contratado, el tipo
y N° del mismo.
El derechohabiente
debe presentar al IAF la documentación detallada en el punto
anterior en la Sede Central del IAF u Oficinas Regionales. También
puede enviarse la documentacion por fax, e-mail o correo postal.
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¿Quién
puede/debe efectuarlo? |
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Familiares,
albaceas, Entidades Apoderadas, Organismos Oficiales y todo aquel
que pueda presentar el certificado de defunción.
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¿Cuándo
es necesario realizar el trámite? |
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Ante
el fallecimiento del beneficiario informando a la brevedad.
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¿Qué
vigencia tiene el documento tramitado? |
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La
vigencia del documento tramitado es definitiva.
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¿Cuál
es el costo del trámite? |
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No
tiene costo alguno.
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Plazo
transcurrido hasta la efectivización de la baja. |
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Recibida
la novedad, se procede a interrumpir de inmediato la liquidación
de los haberes del titular fallecido..
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¿Cuántas
veces se debe concurrir para efectuar el trámite? |
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Presentada
la documentación no es necesario concurrir nuevamente.
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¿Cuál
es el organismo responsable del trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Subgerencia de Beneficiarios – Departamento Retiros o Departamento
Pensiones.
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Vías
alternativas para realizar el tramite |
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El
trámite también puede realizarse enviando la documentación
detallada en el punto 3 por:
- E-mail a:
- Fax al 4370-1800 internos 2253 o 2266
- Por
Correo a:
INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA
PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En
sus comunicaciones consigne claramente sus datos, tal como figuran
en su recibo de haberes, para una correcta identificación,
a saber:
- Apellido
y nombres
- Grado
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono (si lo tuviera)
- Dirección de e-mail (si la tuviera) |