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Guía de Trámites
 

BAJA POR FALLECIMIENTO

1
¿En qué consiste el trámite?
2
¿Dónde se realiza el trámite?
3
¿Qué documentación se debe presentar? . Requisitos.
4
¿Cómo se hace?
5
¿Quién puede/debe efectuarlo?
6
¿Cuándo es necesario realizar el trámite?
7
¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?
8
¿Cuál es el costo del trámite?
9
Plazo transcurrido hasta la efectivización de la baja
10
¿Cuántas veces se debe concurrir para efectuar el trámite?
11
¿Cuál es el organismo responsable del trámite?
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Vías alternativas para realizar el tramite


 

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 ¿En que consiste el Trámite?
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Consiste en dar de baja el haber del extinto a fin de tramitar, los derechohabientes, los haberes devengados, el seguro y la pensión. Así como para dar curso a las tramitaciones que quepan ante el área de Préstamos.
Ante el fallecimiento de un titular de un Retiro o Pensión, debe verificarse la existencia de seguros de vida a nombre del causante

 

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 ¿Dónde se realiza el trámite?
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INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES - Cerrito 572 – Planta Baja
Departamento Atención al Público – Telefono:
0810-222-2423

C.A.P.U.A. SAN MIGUEL - Belgrano 937 - San Miguel, Pcia Bs. As.
Delegación BAHIA BLANCA - Sarmiento 24 piso 2º - Dpto. "C" .
Delegación MENDOZA - Rivadavia 76 - piso 1º - Dpto. "A".
Delegación CORDOBA - Av. Colon 350 - PB local 25
Delegación PARANA - Avda. 25 de Mayo 275/77.
Delegación TUCUMAN - Gral. San Martín 666 - Unidad 17, 4º "A".

Los días de atención al público en Capital Federal o en las Delegaciones del interior, es de LUNES a VIERNES de 08:00 hs a 13:00 hs.

 

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 ¿Qué documentación se debe presentar? Requisitos.
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- Fotocopia del certificado de defunción autenticado mediante nota o fax.
- Nota o Formulario de Baja por Fallecimiento especificando los datos del   denunciante y consignando, en caso de tener préstamo contratado, el tipo y   N° del mismo.

 

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 ¿Cómo se hace?
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El derechohabiente debe presentar al IAF la documentación detallada en el punto anterior en la Sede Central del IAF u Oficinas Regionales. También puede enviarse la documentacion por fax, e-mail o correo postal.

 

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 ¿Quién puede/debe efectuarlo?
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Familiares, albaceas, Entidades Apoderadas, Organismos Oficiales y todo aquel que pueda presentar el certificado de defunción.

 

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 ¿Cuándo es necesario realizar el trámite?
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Ante el fallecimiento del beneficiario informando a la brevedad.

 

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 ¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?
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La vigencia del documento tramitado es definitiva.

 

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 ¿Cuál es el costo del trámite?
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No tiene costo alguno.

 

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 Plazo transcurrido hasta la efectivización de la baja.
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Recibida la novedad, se procede a interrumpir de inmediato la liquidación de los haberes del titular fallecido..

 

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 ¿Cuántas veces se debe concurrir para efectuar el trámite?
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Presentada la documentación no es necesario concurrir nuevamente.

 

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 ¿Cuál es el organismo responsable del trámite?
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INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Subgerencia de Beneficiarios – Departamento Retiros o Departamento Pensiones.

 

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 Vías alternativas para realizar el tramite
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El trámite también puede realizarse enviando la documentación detallada en el punto 3 por:

- E-mail a:

- Fax al 4370-1800 internos 2253 o 2266


- Por Correo a:

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA
PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En sus comunicaciones consigne claramente sus datos, tal como figuran en su recibo de haberes, para una correcta identificación, a saber:

- Apellido y nombres
- Grado
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono (si lo tuviera)
- Dirección de e-mail (si la tuviera)

Bienvenido
BAJA POR
FALLECIMIENTO
Consultas
Atención al Público
0810-222-2423

Formularios
 
Formulario de Baja por Fallecimiento
Recomendaciones

Informar el fallecimiento a la mayor brevedad
Enviar copia del acta de Defunción
Los derecho habientes deben tramitar haberes devengados.
Verificar la existencia de seguros de vida a nombre del causante, a fin de tramitarlos ante quien corresponda.
En caso de que el causante tenga contratado algún préstamo con este Instituto, informar el tipo y número de contrato a fin de proceder a su cancelación.
Importante!!
 
Tenga en cuenta que ante el fallecimiento de un retirado, los deudos deben realizar varias gestiones en el Estado Mayor de la Fuerza a
la que pertenecia el extinto. Para tal fin, adjuntamos un instructivo de los
trámites necesarios
para cada Fuerza.
Instructivo para
Ejercito
Instructivo para
Fuerza Aérea
Instructivo para
Armada

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Información para
Deudos de Beneficiarios Fallecidos



 


INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES Cerrito 572 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1010AAL) - Línea de Atención al Público: 0810-222-2423