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Preguntas Frecuentes acerca del PLan CVO Tramo II
Crédito Hipotecario
 

IMPORTANTE:
El Instituto ha establecido las siguientes fechas como límite de la operatoria del CVO.
30/05/2010: fecha de cierre de inscripciones vía Internet - IAFenlínea.
15/07/2010: fecha límite para la
presentacion al Instituto de las solicitudes y declaraciones juradas.


1
¿Hasta cuándo se van a dar estos créditos?
2
¿El criterio de selección ¿se va a dar prioridad a los que no tienen vivienda única con respecto a otros que ya la tienen pero no están en condiciones de habitarla?
3
Aclaraciones sobre la retención del 20% en concepto de derecho de admisión.
¿ Es admitida la tenencia de un porcentaje del valor de un inmueble por derecho de sucesión?
4
Solicitar el crédito para compra de un inmueble como vivienda única y su puesta en alquiler, por no tener las comodidades mínimas para el grupo familiar. ¿Es viable el trámite?
5
Ante la eventualidad de no encontrar en el tiempo establecido (60 días), ¿se accede a una prórroga posterior?
6
¿Se contempla el caso de los oficiales en comisión fuera del país?
7
¿Hay un límite en la cantidad de créditos a otorgar?
8
Una vez remitida la documentación al IAF ¿cuánto tiempo tardará en ser depositado el crédito?
9
¿Es necesario tener domicilio de residencia en la localidad donde se desea adquirir la vivienda?
10
¿Cuáles son los requerimientos necesarios para acceder a la linea de crédito?
11
¿Monto máximo de otorgamiento por jerarquía, requisitos, intereses, cantidad de cuotas?
12
El casado con personal militar, ¿puede acceder a los créditos teniendo el 50% escriturada una propiedad previamente?
13
Una vez inscripto por Internet ¿cuánto tiempo se dispone para presentar la documentación??s?
14
¿En cuánto tiempo se otorga el crédito?
15
¿Cómo saber el monto exacto del préstamo?
16
Se interpreta que al momento de calcular el monto de crédito hipotecario ¿el cálculo se efectúa con el suplemento de vivienda estén o no estén percibiendo dicho suplemento??
17
¿El personal militar contratado por tiempo determinado (i.t.d) puede acceder al crédito sin condiciones particulares, en caso contrario que requisitos debe reunir?
18
¿En el caso de que el personal militar contratado por tiempo determinado (i.t.d) no pueda acceder a la línea de créditos debido a su condición de contratación, que diferencia existe con el personal que una vez obtenido el crédito, solicita o es dado de baja de la institución?
19
¿Si el crédito permite adquirir unidades habitacionales de COVIARA en proceso de construcción?
20
Los créditos hipotecarios son ¿para primera vivienda o vivienda única?
21
¿El cupo es limitado? ¿el orden de inscripción incide para la asignación?
22
¿Hasta que fecha se puede elevar la documentación?
23
El hecho de registrarse on-line en la página web del IAF. ¿es solo para saber la cantidad de voluntarios al préstamo? o ¿el causante ya adquiere algún tipo de compromiso en tiempos para elevar la documentación?
24
En caso de poder acceder a la adjudicación neta máxima de $320.000 y el valor de la propiedad es de $300.000. ¿el monto que se adjudica es el 100% del valor del inmueble ($300.000) mas el saldo $20.000 para cubrir otros gastos del prestatario (factura notarial, honorarios del escribano, del tasador, gastos de escritura, etc.?
25
¿Cuál es el índice medio para cada jerarquía?
26
¿Si el personal bajo régimen itd, puede acceder al crédito??
27
¿Qué requisitos tiene?, ¿contempla refacción/construcción?, ¿hay planes de financiación para la amortización?, ¿es apto para viviendas COVIARA?, ¿existen restricciones para la compra en algunas localidades?, ¿ tipo de tasa de interés anual/mensual, y si es fija o no?, ¿Opciones para cancelación o adelanto de cuota?
28
¿Existe la posibilidad de acceder a un crédito de IAF para cancelar deuda COVIARA /SMSV y/o trasladar crédito hipotecario COVIARA/SMSV al IAFPRPM?
29
Dado que el plan posee un limite máximo de 180 cuotas ¿como se procederá cuando el retiro genera una disminución en la cuota mensual, aumenta el periodo de amortización?
30
¿Qué posibilidad habrá de aplicar el crédito para migrar de una vivienda a otra de mayor valor y/o mayores comodidades manteniendo la condición de vivienda única al momento de escriturar, tal y como permitía el IAF años atrás?
31
¿Qué posibilidad habrá de aplicar el crédito para adquirir otra vivienda poseyendo una?
32
¿Quién posea un lote sin edificación puede acceder al crédito?
33
¿Se pueden sumar ingresos del cónyuge para ser tenido en cuenta al momento de otorgar dicho préstamo?
34
Punto 1. Posibilidades de demorar la fecha tope de inscripción, considerando personal que se encuentra en comisión fuera del país, y no pudieron efectuar la inscripción básica e inicial por Internet, dado que los datos administrativos trasmitidos al IAFPRPM, no coinciden con los que figuran en el recibo de haberes y por lo tanto fueron considerados datos erróneos e inhabilitaron la operación.
punto 2. de no ser factible lo requerido en punto 1, si existe la posibilidad de efectuar la presente solicitud por mensaje naval (considerando la proximidad de la fecha de cierre) y que a través de un representante se certifique ante (IAF) inicialmente que los datos corresponden a un integrante en actividad de la fuerza.
punto 3 si aquellos oficiales que poseen cónyuges con ingresos pueden presentar una certificación de los mismos (en particular aquellas que trabajen en otros organismos estatales u otra fuerza), para: -poder acceder a un monto mayor al individual por jerarquía. – para demostrar una solvencia económica superior del grupo familiar. – para acceder a una menor cantidad de cuotas.
punto 4. si es factible la utilización de este crédito para construcción de vivienda única.
punto 5 si para poder acceder al monto máximo del crédito es requisito necesario estar percibiendo todos los suplementos, o inicialmente se puede estar habitando vivienda oficial.
35
Los solicitantes que habiendo ingresado en pagina web, como único medio para carga de datos, el sistema no los acepta por no coincidir con los informados por la armada, solicito un medio alternativo para la inscripción pero hasta el momento no recibió respuesta de la inquietud ni de la solución del problema.
36
El que tenga ya un préstamo personal con el Instituto y lo quiere cancelar para que le aumente el sueldo y así sacar un monto mayor ¿como debe hacer ya que los tiempos de actualización el la boleta de haberes tardara mas de 2 meses?
37
Si el crédito para la adquisición de vivienda se otorga también a aquellos oficiales que aun se encuentran en comisión, no confirmados.


 

1
¿Hasta cuándo se van a dar estos créditos?
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El monto disponible de esta operatoria es de $ 400.000.000 según lo establece la Resolución Nº 9759 del 25-03-10, acotado a las siguientes fechas: 30-05-10 “Cierre de la Inscripciones por INTERNET” y al 15-07-10 que finalizará la presentacion al Instituto de las solicitudes y declaraciones juradas.

 

2
¿El criterio de selección ¿se va a dar prioridad a los que no tienen vivienda única con respecto a otros que ya la tienen pero no están en condiciones de habitarla?
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El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).

 

3
Aclaraciones sobre la retención del 20% en concepto de derecho de admisión.
Es admitida la tenencia de un porcentaje del valor de un inmueble por derecho de sucesión?.
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El derecho de admisión debe constituirse al momento de la escrituración (Punto 3.1.a del Reglamento Plan CVO). Las particularidades en las cuales el solicitante evidenciara que su situación es equivalente a no poseer vivienda única, familiar y de habitación permanente, pese a registrar algún porcentaje de propiedad a su nombre, podrá presentar el caso al Instituto (ejemplo: ser propietario de una vivienda recibida en donación de los padres, con reserva de usufructo, etc.).

 

4
Solicitar el crédito para compra de un inmueble como vivienda única y su puesta en alquiler, por no tener las comodidades mínimas para el grupo familiar ¿es viable el trámite?
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El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).

 

5
 Ante la eventualidad de no encontrar en el tiempo establecido (60 días), ¿se accede a una prórroga posterior?
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El plazo establecido es improrrogable (Punto 2.2.d del Reglamento Plan CVO).

 

6
¿Se contempla el caso de los oficiales en comisión fuera del país?
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Pueden realizarse los trámites pertinentes a través del apoderado legal en su representación.

 

7
¿Hay un límite en la cantidad de créditos a otorgar?
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El monto disponible para esta operatoria es de $ 400.000.000 según lo establece la Resolución Nº 9759 del 25-03-10.

 

8
 Una vez remitida la documentación al IAF ¿cuánto tiempo tardará en ser depositado el crédito??
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Una vez recibida la documentación en forma completa desde la escribanía, el Instituto cuenta con 20 / 30 días hábiles para la tramitación del expediente (Punto 3.4.a del Reglamento Plan CVO).

 

9
¿Es necesario tener domicilio de residencia en la localidad donde se desea adquirir la vivienda?
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No.

 

10
 ¿Cuáles son los requerimientos necesarios para acceder a la linea de crédito?
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El portal del IAFPRPM contiene todos los requerimientos especificados.

 

11
¿Monto máximo de otorgamiento por jerarquía, requisitos, intereses, cantidad de cuotas?
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El portal del IAFPRPM contiene todos los requerimientos especificados.

 

12
El casado con personal militar, ¿puede acceder a los créditos teniendo el 50% escriturada una propiedad previamente?
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Para acceder al crédito el causante debe presentar una declaración jurada por la cual se manifiesta no ser propietario o copropietario de algún bien inmueble, el solicitante y su cónyuge (Punto 2.4.1d).

 

13
Una vez inscripto por Internet ¿cuánto tiempo se dispone para presentar la documentación?
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El cierre de inscripciones por INTERNET se producirá el 30-05-10 y la presentacion al Instituto de las solicitudes y declaraciones juradas se hará hasta el 15-07-10.

 

14
¿En cuánto tiempo se otorga el crédito?
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Hasta el 30-07-10 se expedirá la Comisión Evaluadora. El 30-09-10 finaliza la recepción de la documentación proveniente de las escribanías seleccionadas por los adjudicatarios. El 22-12-10 finalizan los trámites escriturales..

 

15
¿Cómo saber el monto exacto del préstamo?
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El monto del crédito está regido por la jerarquía de cada oficial y relacionado con la certificación de haberes que presenta, Decretos Nº 691/00 y 860/09, donde se determina la capacidad de endeudamiento (Punto 2.4.1.c del Reglamento Plan CVO).
Se detalla escala de créditos máximos a obtener por cada jerarquía:

GRADO
INDICE Actividad
CUOTA Max. 40%
CREDITO Max. Tope o 48 Indices
CUOTA
a 15 años
Tte Grl
AL
Brig Gen
14.436
$ 5.774
$ 400.000
$ 3.304
Grl Div
VL
Brig My
14.234
$ 5.693
$ 400.000
$ 3.304
Grl Br
CL
Brig
13.754
$ 5.502
$ 400.000
$ 3.304
Cnl
CN
Com
11.799
$ 4.720
$ 400.000
$ 3.304
Tcnl
CF
Vcom
9.317
$ 3.727
$ 400.000
$ 3.304
My
CC
My
7.612
$ 3.045
$ 365.369
$ 3.045
Cap
TN
Cap
6.192
$ 2.477
$ 297.197
$ 2.477
Tte 1ro
TF
1er Ten
5.303
$ 2.121
$ 254.527
$ 2.121
Tte
TC
Ten
4.570
$ 1.824
$ 219.365
$ 1.828
Subt
GU
Alf
3.863
$ 1.545
$ 185.417
$ 1.545

 

16
Se interpreta que al momento de calcular el monto de crédito hipotecario ¿el cálculo se efectúa con el suplemento de vivienda estén o no estén percibiendo dicho suplemento?
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Para el pedido de inscripción se debe presentar un primer Certificado de Haberes que contemple la posibilidad de una futura percepción del suplemento. Antes de la escrituración se debe presentar el Certificado de Haberes final.

 

17
¿El personal militar contratado por tiempo determinado (i.t.d) puede acceder al crédito sin condiciones particulares, en caso contrario que requisitos debe reunir?
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No. El Plan CVO es exclusivo para el personal militar del cuadro permanente de las FF.AA..

 

18
¿En el caso de que el personal militar contratado por tiempo determinado (i.t.d) no pueda acceder a la línea de créditos debido a su condición de contratación, que diferencia existe con el personal que una vez obtenido el crédito, solicita o es dado de baja de la institución?
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Que, al momento de su otorgamiento, integra el cuadro permanente al cual va dirigido el Plan CVO.

 

19
¿Si el crédito permite adquirir unidades habitacionales de COVIARA en proceso de construcción?
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Sí. Siempre y cuando las unidades estén en condiciones de escriturarse en la fecha establecida: antes del 22-12-10.

 

20
Los créditos hipotecarios son ¿para primera vivienda o vivienda única?
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El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).

21
¿El cupo es limitado? ¿el orden de inscripción incide para la asignación?
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El monto de esta operatoria es de $ 400.000.000 según lo establece la Resolución Nº 9759 del 25-03-10. El orden de la solicitud de inscripción por INTERNET no tiene incidencia. El orden de adjudicación lo realiza la Comisión Evaluadora (Resolución Nº 9.666/09 – Punto 5).

 

22
¿Hasta que fecha se puede elevar la documentación?
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El 15-07-10 finalizará la presentacion al Instituto de las solicitudes y declaraciones juradas.

 

23
El hecho de registrarse on-line en la página web del IAF. ¿es solo para saber la cantidad de voluntarios al préstamo? o ¿el causante ya adquiere algún tipo de compromiso en tiempos para elevar la documentación?
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El registrarse no significa que el crédito esté adjudicado, no adquiriendo el IAF compromiso alguno al respecto.

24
En caso de poder acceder a la adjudicación neta máxima de $320.000 y el valor de la propiedad es de $300.000. ¿el monto que se adjudica es el 100% del valor del inmueble ($300.000) mas el saldo $20.000 para cubrir otros gastos del prestatario (factura notarial, honorarios del escribano, del tasador, gastos de escritura, etc.?
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La adjudicación máxima del crédito es $ 400.000.
Deducido el 20% la liquidez máxima es de $ 320.000.
El crédito se otorga por los $ 400.000 ó el valor de la propiedad (el menor) más los gastos normales de escritura y tasación (Punto 2.3.a del Reglamento Plan CVO).

 

25
¿Cuál es el índice medio para cada jerarquía?
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GRADO
INDICE Actividad
Tte Grl
AL
Brig Gen
14.436
Grl Div
VL
Brig My
14.234
Grl Br
CL
Brig
13.754
Cnl
CN
Com
11.799
Tcnl
CF
Vcom
9.317
My
CC
My
7.612
Cap
TN
Cap
6.192
Tte 1ro
TF
1er Ten
5.303
Tte
TC
Ten
4.570
Subt
GU
Alf
3.863

26
¿Si el personal bajo régimen itd, puede acceder al crédito?
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No. El Plan CVO es exclusivo para el personal militar del cuadro permanente de las FF.AA.

 

27
¿Qué requisitos tiene?, ¿contempla refacción/construcción?, ¿hay planes de financiación para la amortización?, ¿es apto para viviendas COVIARA?, ¿existen restricciones para la compra en algunas localidades?, ¿ tipo de tasa de interés anual/mensual, y si es fija o no?, ¿Opciones para cancelación o adelanto de cuota?
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El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).
El plan de amortización se describe en el Punto 4 del Reglamento Plan CVO.
En el caso de las viviendas de COVIARA las unidades deben encontrarse en condiciones de ser escrituradas en la fecha establecida: antes del 22-12-10.
Se puede adquirir en todo el territorio nacional.
En el Punto 4 del Reglamento Plan CVO se describe en un todo las características de amortización, importes de cuota y cancelación del crédito.
Pueden efectuarse cancelaciones anticipadas, en los términos del Punto 4.3 del Reglamento Plan CVO.


28
¿Existe la posibilidad de acceder a un crédito de IAF para cancelar deuda COVIARA /SMSV y/o trasladar crédito hipotecario COVIARA/SMSV al IAFPRPM?
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No. El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).

 

29
Dado que el plan posee un limite máximo de 180 cuotas ¿como se procederá cuando el retiro genera una disminución en la cuota mensual, aumenta el periodo de amortización?
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En el caso de retiro se disminuye la cuota hasta un 40% de dicho haber. Si al término de los 15 años quedara una suma impaga deberá amortizarse totalmente el crédito (Reglamento Plan CVO – Punto 4)..

 

30
¿Qué posibilidad habrá de aplicar el crédito para migrar de una vivienda a otra de mayor valor y/o mayores comodidades manteniendo la condición de vivienda única al momento de escriturar, tal y como permitía el IAF años atrás?
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No hay posibilidad. El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).

 

31
¿Qué posibilidad habrá de aplicar el crédito para adquirir otra vivienda poseyendo una?
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No hay posibilidad. El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).

 

32
¿Quién posea un lote sin edificación puede acceder al crédito?
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No para edificar sobre el lote. Podrá acceder a un crédito para la compra de vivienda única presentando su particularidad a la Comisión Evaluadora.

 

33
¿Se pueden sumar ingresos del cónyuge para ser tenido en cuenta al momento de otorgar dicho préstamo?
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El Plan CVO no contempla esa posibilidad. La excepción está dada por matrimonio formado por oficiales en actividad.

 

34
Punto 1, posibilidades de demorar la fecha tope de inscripción, considerando personal que se encuentra en comisión fuera del país, y no pudieron efectuar la inscripción básica e inicial por Internet, dado que los datos administrativos trasmitidos al IAFPRPM, no coinciden con los que figuran en el recibo de haberes y por lo tanto fueron considerados datos erróneos e inhabilitaron la operación. Punto 2, de no ser factible lo requerido en punto 1, si existe la posibilidad de efectuar la presente solicitud por mensaje naval (considerando la proximidad de la fecha de cierre) y que a través de un representante se certifique ante (IAF) inicialmente que los datos corresponden a un integrante en actividad de la fuerza.
Punto 3, si aquellos oficiales que poseen cónyuges con ingresos pueden presentar una certificación de los mismos (en particular aquellas que trabajen en otros organismos estatales u otra fuerza), para: -poder acceder a un monto mayor al individual por jerarquía. – para demostrar una solvencia económica superior del grupo familiar. – para acceder a una menor cantidad de cuotas.
Punto 4. si es factible la utilización de este crédito para construcción de vivienda única.
Punto 5, si para poder acceder al monto máximo del crédito es requisito necesario estar percibiendo todos los suplementos, o inicialmente se puede estar habitando vivienda oficial?
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Puntos 1 y 2: El Plan CVO se ajustará al siguiente cronograma: con fecha 30-05-10 se producirá el cierre de las inscripciones por INTERNET. El 15-07-10 finalizará la presentacion al Instituto de solicitudes y declaraciones juradas.
En los casos de personal ausente del país podrá iniciar la inscripción a través de un apoderado legal y ratificar los trámites el titular a su regreso al país.
En los casos que no pueda solicitar la inscripción por INTERNET, por no contar con sus datos actualizados en la base de datos provista por la Fuerza, deberá presentar su solicitud al Departamento Créditos Hipotecarios del Instituto en forma presencial o a través de correo, en esta circunstancia, deberá anticipar dicha presentación notificándola a creditos@iafprpm.gov.ar para su pertinente registración.
- Punto 3: Únicamente se considera, para el otorgamiento del crédito, el haber y las posibilidades de endeudamiento del titular (Decreto Nº 691/00).
- Punto 4: El Plan CVO es para la adquisición de vivienda única, familiar y de habitación permanente (Punto 1.2.a del Reglamento Plan CVO).
- Punto 5: Un primer Certificado de Haberes (Decreto Nª 691/00) debe contemplar la posibilidad de una futura percepción del suplemento. Antes de la escrituración, se debe presentar el Certificado de Haberes final que regirá la operatoria, en el cual debe estar incluido definitivamente la percepción del suplemento de vivienda..

 

35
Los solicitantes que habiendo ingresado en pagina web, como único medio para carga de datos, el sistema no los acepta por no coincidir con los informados por la armada, solicito un medio alternativo para la inscripción pero hasta el momento no recibió respuesta de la inquietud ni de la solución del problema.
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En los casos que no se pueda solicitar la inscripción por INTERNET, por no contar con sus datos actualizados en la base de datos provista por la Fuerza, deberá imprimir el formulario “Pedido de Inscripción - Declaración Jurada” y presentarlo en la Sede Central del Instituto, en sus Oficinas Regionales o a través de correo al Departamento Créditos Hipotecarios del IAFPRPM, en esta circunstancia, deberá anticipar dicha presentación notificándola a creditos@iafprpm.gov.ar para su pertinente registración.

 

36
El que tenga ya un préstamo personal con el Instituto y lo quiere cancelar para que le aumente el sueldo y así sacar un monto mayor ¿como debe hacer ya que los tiempos de actualización el la boleta de haberes tardara mas de 2 meses?
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Quien cancele un préstamo personal del Instituto tendrá la modificación de convenio en forma inmediata, a efectos de que su SAF se lo incorpore en la certificación de haberes del Decreto Nº 691/00.

 

37
¿El crédito para la adquisición de vivienda se otorga también a aquellos oficiales que aun se encuentran en comisión, no confirmados?
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No. El Plan CVO es exclusivo para el personal militar del cuadro permanente de las FF.AA.

 

 


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